Posts Tagged ‘certificación energética’

Como imagino que todo el mundo sabrá, el pasado 1 de Junio se aprobó en Consejo de Ministros, el RD 235/2013, que obliga a todo edificio o parte del mismo que se encuentre a la venta o en alquiler a exhibir el certificado de eficiencia energética del inmueble al comprador o arrendatario.

Esta medida afecta a:

  • Edificios de nueva construcción (ya era obligatorio antes).
  • Edificios o partes de edificios que se vendan o alquilen A UN NUEVO ARRENDATARIO, siempre que no se disponga de certificado anterior.
  • Edificios o partes de edificios con ocupación pública superior a 250 m².

La validez del certificado es de 10 años y debe gestionarla el propietario, aunque puede delegar las gestiones en un representante.

Para la obtención del certificado se tendrá que:

  • Contactar con un técnico competente autorizado a la realización del informe, que puede ser un ingenriero, ingeniero técnico, aparejador, arquitecto o arquitecto técnico. El técnico elaborará el informe, PREVIA VISITA AL INMUEBLE.
  • Una vez obtenido el certificado de Eficiencia Energética emitido por el técnico, se procederá a registrarlo en la Comunidad Autónoma donde se encuentre el inmueble, de forma telemática, salvo en casos excepcionales. Esto puede suponer un coste en tasas a abonar en algunas comunidades (en Madrid, por ejemplo, es gratuito).
  • Dos o tres días después, también de forma telemática, se puede descargar la etiqueta energética del inmueble, con su correspondiente número de registro.

Es sumamente importante la visita del técnico al inmueble a certificar. En Ephícere nos negamos a realizar ningún tipo de certificado SIN HABER VISITADO EL INMUEBLE PREVIAMENTE y haber tomado un mínimo de datos del mismo.

Parece ser que hay “técnicos” que prácticamente realizan la certificación de manera no presencial. Instamos a NO FIARSE de este tipo de certificaciones, pues restan credibilidad a la etiqueta, lo que, a la larga puede resultar perjudicial para el arrendador o vendedor, pues como mínimo penalizará su etiqueta energética, amén de las sanciones que ello puede conllevar.

El técnico debe valorar “in situ” la disposición de la vivienda, su orientación, sus posibles sombras, intentar saber de qué materiales está compuesta, qué instalaciones de refrigeración y calefacción tiene y cual es el rendimiento de las mismas.

A la larga, esto puede suponer un beneficio para el propietario, pues, por ejemplo, a igualdad de características y precios, a un arrendatario le interesará alquilar una vivienda con una etiqueta energética más favorable ya que su consumo energético será menor que otra que tenga una etiqueta energética peor.

Si está interesado en que realicemos su certificación energética, no dude en contactar con nosotros, estaremos encantados de atenderle.

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